
¿Quién hereda cuando no hay testamento?
La Sucesión Intestada
Son dos tipos de herencia, la testada que es cuando se otorgó testamento, y la intestada, cuando no.
Cuando no hay testamento los herederos se determinan de acuerdo al orden sucesoral establecido en nuestro Código Civil, éste es:
1. Descendientes
2. Ascendientes
3. Cónyuge sobreviviente
4. Colaterales: hermanos, sobrinos.
5. Colaterales ordinarios: demás familiares hasta el sexto grado.
6. Estado Libre Asociado de Puerto Rico
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En las herencias el pariente más próximo en grado excluye al más remoto, salvo los casos donde aplique el derecho de representación. Así las cosas, como se puede ver, mientras le sobrevivan hijos, nietos, padres, abuelos (ascendientes o descendientes) el cónyuge no hereda. La manera de protegerle y dejarle participación en la herencia es mediante un testamento.
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Ahora bien, dos cosas respecto al viudo(a): Todo lo que se adquirió durante el matrimonio en donde no hubo capitulaciones matrimoniales se presume ganancial, o sea, que se parte de la premisa que el viudo(a) es dueño del 50% de los bienes y deudas gananciales, y el restante 50% es lo que pertenece al caudal hereditario.
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Lo siguiente es que el viudo(a), aunque sin testamento no hereda bienes del causante, sí tiene derecho a lo que se conoce como Usufructo Viudal. El usufructo viudal es un derecho a uso y disfrute de cierta parte de la herencia. Los herederos pueden decidir liquidar el mismo, para lo cual se hacen cómputos donde se le asigna un valor monetario a ese uso y disfrute.
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Al otorgar un testamento se puede proteger a aquellas personas que de otro modo no heredarían. Sin embargo, hay que tener presente que a los herederos forzosos (descendientes y ascendientes) se le tiene que dejar unas porciones establecidas en la ley, a no ser que aplique la desheredación.
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Por último, si no se tiene familiares que vayan a heredar mediante la intestada y no se hace testamento, hereda el ELA. Aprovechando la herramienta del testamento se puede dejar herencia a personas por las que se tiene un agradecimiento, instituciones sin fines de lucro, hijos de crianza u otros.
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El presente escrito no es ni puede considerarse una consulta legal. Para más información puede comunicarse con nosotros al (787)503-2443 / cicanel@canelaviles.com.